Cuándo constituir una empresa tipo SAS y cuándo no hacerlo.

José Antonio Sánchez
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Hay más de 10 ventajas que da el constituir una empresa tipo SAS y registrarla en el Registro Nacional del Emprendimiento. A continuación te contamos cuándo constituir una empresa SAS sus ventajas y desventajas.  Para saber las características principales de una SAS puedes ingresar aquí. 

En primer lugar, vale decir que únicamente pueden registrarse emprendimientos con 49 empleados máximo. Luego de tener claro esto. Te entregamos las 19 razones por las que deberíamos constituir y registrar nuestra SAS en el Registro Nacional del Emprendimiento (RNE).  Una empresa SAS ventajas y desventajas sigue leyendo para conocerlas.

 

Ventajas  de la empresas tipo SAS

  • Creas un escudo patrimonial. La SAS te permiten tener responsabilidad limitada respecto a las obligaciones que adquiera el negocio. Es decir, si adquieres una obligación  con terceros. Tu responsabilidad se limita hasta el monto de tu aportación en el capital social de la SAS. Y tus bienes personales quedan protegidos.
  • Demuestra la formalización y seriedad del negocio. Tener una SAS es una señal de aquello. El emprendedor celebra un acto en el que formalmente separa su negocio de sus finanzas personales.
  • Se puede modificar fácilmente. La SAS permite flexibilizar el funcionamiento administrativo. Una estructura más flexible permite proponer a inversionistas, socios y trabajadores varias opciones de inversión (la teoría considera que los trabajadores son inversionistas).
  • La SAS te permite tener versatilidad en el mercado. Si requieres cambiar tu giro de negocio o agregar otra actividad económica a tu empresa. Aumentar tu capital, incluir más accionistas, cambiar tu denominación o tu domicilio fiscal. Estos procesos son mucho más fáciles de realizar con una SAS y no tienen costo.
  • No requieres pagar tasas administrativas.  No requieres Notario para crear una SAS. Puedes reformar el Estatuto Social de tu empresa cuando quieras y sin costo. incluso liquidar la SAS ya no será un dolor de cabeza.
  • Genera confianza para inversión.
  • La SAS NO requiere capital mínimo.
  • Al formalizar el emprendimiento con una SAS, este puede ser fundado por solo-preneurs (un solo accionista).
  • La SAS se puede transformar en S.A. o Cia. Ltda. cuando sea necesario.

¿Qué ventajas suma el Registro Nacional del Emprendimiento?

  • Debes saber que estar en el Registro Nacional de Emprendimientos. Es un requisito para ingresar a los procesos de inversión públicos (en capital semilla, de riesgo, inversión ángel).
  • También puedes proponer activos intangibles como garantía de préstamos.
  • Accederás a la re-estructuración de emprendimientos según la Ley de Emprendimiento. lo que por supuesto, hace que el nivel de riesgo sea menor.
  • El Ministerio de Producción promociona a emprendimientos registrados en ferias internacionales.
  • Podrás beneficiarte del centro de incubación público de forma gratuita.
  • Facilita la cuenta de años de vida del emprendimiento que no puede exceder a 5 años. Y es un requisito para poder celebrar Contratos Laborales de Emprendimiento.
  • Podrás disfrutar de beneficios para nuevas inversiones (capital semilla, ángel, de riesgo) y descuentos en tasas para registro de marca en el SENADI.
  • Serás parte del procedimiento abreviado para obtener notificaciones y registros sanitarios.
  • Además, tu emprendimiento calificará como proveedor preferente del estado.
  • Las facturas emitidas por un emprendimiento registrado en el Registro Nacional de Emprendimientos deben ser pagadas en 30 días, luego corren intereses.
  • Al ser un Registro en formación, gozarás de los beneficios 5 años desde que te registres.

Adicionalmente y como un bono extra, tenemos 2 motivos más:

  1. Si formalizas un emprendimiento en cantones que se encuentren dentro de cuarenta kilómetros desde la línea de frontera y/o de la circunscripción territorial amazónica. Se regularán bajo el régimen de atención preferencial.
  2. Por otro lado, si declaras ser una empresa de Beneficio e Interés Colectivo (BIC) además abrirás mercados nacientes y atraerás nuevos consumidores con conciencia social y ambiental.

 ¿Cuándo no registrar tu SAS en el Registro Nacional de Emprendimiento?

Si aún no encuentras tu market fit, es decir, no estás seguro de quién es tu cliente o el precio de tu producto o las características que hace que tenga valor, NO REGISTRES TU EMPRENDIMIENTO.

Como lo mencionamos antes, estar en el Registro Nacional de Emprendimientos te da beneficios por 5 AÑOS y no más. Haz que esos 5 años sean de provecho. Te recomendamos constituir tu SAS cuando ya tengas identificado cómo va a funcionar el proceso productivo madre de tu negocio.

Recuerda que este no es un listado definitivo. Los beneficios siguen aumentando, si quieres mantenerte al día en ellos súmate a nuestros clientes suscribiéndote a nuestro blog.

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